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17 de febrer del 2011

PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN (PIF): PROCEDIMIENTO

Algunos de vosotros os habéis dirigido a RR.HH. interesados en acogeros a un PIF (Permiso Individual de Formación) y, según parece, la respuesta ha sido evasiva. Prescindid de respuestas del tipo “aquí no hacemos eso” (¿?) y limitaros a seguir el protocolo correcto:
• Dirigiros al comité de empresa para solicitar una copia del impreso de solicitud.
• Cumplimentad el impreso y entregadlo a RR.HH. pidiendo fotocopia con el “recibí” de la empresa.
• En el plazo de unos 15 días la empresa tendrá dos opciones:
• Aceptar la solicitud: Deberá retornaros el formulario indicando tal aceptación con el sello correspondiente.
• Denegar la solicitud: La denegación de autorización por parte de la empresa debe estar motivada por razones organizativas o de producción. Se os tiene que entregar un justificante por escrito donde se detallen estas razones.
• En caso de falta de respuesta en este plazo, poneros en contacto con el comité de empresa para ver cómo actuar.
• En caso de denegación, poneros en contacto con el comité de empresa para analizar las razones esgrimidas y, en caso de discrepancia, enviarlo a las instancias correspondientes para dictaminar si la denegación es o no procedente.
A la hora de cursar la solicitud, tened en cuenta que:
• La solicitud es por un año lectivo o natural.
• El número total de horas solicitadas no puede exceder de 200.
• El disfrute de este permiso no implica una disminución de vuestra nómina ni un perjuicio para la empresa. Los fondos son aportados por la fundación tripartita.
• Los cursos no tienen por qué guardar relación alguna con el puesto de trabajo, pero tienen que ser oficiales y/o homologados.
• Tenéis que indicar el calendario de horas que vais a requerir: una hora de lunes a jueves entre ciertos meses, diversas semanas consecutivas a tiempo completo, etc.
• Los cursos han de ser presenciales. En el caso de tratarse de formación a distancia o teleformación, se admitirá la parte presencial.
Por las dimensiones de ITC, tenemos derecho a un total de 800 horas para PIF. En el supuesto de que cada solicitante requiriera del máximo de 200 horas, podríamos tener cuatro empleados acogidos a un PIF. Alguno ya se está moviendo, así que ya sabéis, el que no corre, vuela.