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27 d’abril del 2009

FESTIVOS FUERA DEL PERIODO OFICIAL: UN ACUERDO MUTUO

Ante algunas quejas suscitadas por la elección de los festivos de semana santa fuera del periodo oficial, quisiéramos recordar algunos puntos relevantes. Éstos son:

• Los periodos oficiales para los que se establecen estos festivos adicionales son, en general y salvo ajustes de calendario previamente publicados:

• Navidad: Días hábiles comprendidos entre el 24 y el 31 de diciembre, ambos inclusive.

• Semana santa: Los cuatro días hábiles de la semana del viernes santo.

• A fin de poder dar un buen servicio a nuestros clientes, los empleados históricamente nos avenimos, de buena fe, a flexibilizar estos festivos. Ello no es óbice para que, para algunos empleados, un cambio en el emplazamiento de los días de disfrute pueda incluso representarles una ventaja. Mejor que mejor.

• La fijación de estos días fuera de los periodos oficiales debe ser fruto de un acuerdo mutuo entre empresa y empleado. En ningún caso debe ser una imposición de una de las partes.

• A ser posible, este acuerdo debería constar por escrito. Dada la reticencia de la empresa a las formalidades, por lo menos aconsejamos disponer del correo de respuesta de vuestro gerente con la aprobación a vuestra propuesta.

• Ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo, el periodo de disfrute es el oficial, pero en todo caso el empleado tiene a su disposición los canales legales al uso para solventar este tipo de conflictos.

Aprovechamos estas aclaraciones para conminar a la empresa a, en correspondencia a la buena fe de los empleados, ser igual de sensible a las necesidades de éstos a la hora de fijar los festivos. Y, por supuesto, confiamos en que estos acuerdos no estén también sujetos al mercadeo meritocrático.

21 d’abril del 2009

Publicado el XVI Convenio Colectivo

El XVI Convenio Colectivo ha sido publicado en el BOE el día 04-04-2009 , por lo que desde ese momento ha entrado en vigor Como ya os informamos, ahora se iniciará un plazo de cuatro meses en los que las empresas están obligadas a saldarnos los atrasos generados al pagarnos los salarios con tablas de 2006.

Tanto el texto completo del convenio, como la tabla en la que podréis ver los atrasos que os corresponden podéis verlos en la página web de Comfia.

En estos tiempos difíciles por la crisis global, disponer de un convenio ofrece estabilidad al sector y permite garantizar los derechos a las mas de cien mil personas que trabajamos en el sector Logros como la reducción de jornada, ampliación de vacaciones, mejoras en la conciliación de la vida laboral y familiar, son todo un paso adelante, que comienza a consumar los objetivos que nos hemos marcado.

Igualmente se han garantizado unas actualizaciones en tablas de convenio del 2% para el año 2009, lo cual supone una subida por encima del IPC (1.4%) para este año.

Por último informaros que con la publicación del convenio, se crea una comisión de trabajo sobre tablas salariales con el fin de avanzar e incorporar al mismo los aspectos que todavía no han podido incluirse.

Seguimos trabajando, Seguiremos informando.